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Autoridades indígenas también serán autoridad ambiental (www.proclamadelcauca.com)

  • El presidente de la República, Gustavo Petro, junto con los ministros de Ambiente y de Interior (e), Susana Muhamad y Gustavo García, firmó el Decreto que establece las medidas para el desarrollo de las competencias ambientales de las autoridades indígenas.
  • El Decreto 1275 de 2024 establece las normas de los territorios indígenas en materia ambiental y el desarrollo de las competencias ambientales de las autoridades indígenas, así como su coordinación efectiva con otras autoridades y entidades del Estado.
  • Con esta nueva normativa, las autoridades indígenas construirán, de la mano de otras entidades, mecanismos directos para garantizar la protección de los ecosistemas del país y sus territorios, teniendo en cuenta sus conocimientos ancestrales.
  • De cara a la COP16, que iniciará el próximo 21 de octubre y gracias a la concertación entre la jefa de la cartera ambiental y la Mesa Permanente de Concertación de los pueblos y organizaciones indígenas de Colombia (MPC), el Gobierno logra saldar una deuda histórica con estas comunidades.

En adelante, las comunidades indígenas tendrán en sus territorios la misma autoridad que las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), advirtió el presidente Gustavo Petro tras la firma del Decreto 1275 de 2024 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, evento que se realizó en la Casa de Nariño.

El mandatario destacó el alcance de la norma, pues dijo que las CAR, “en su mayoría inmensa, no ha demostrado ser instrumentos de cuidado de la naturaleza, sino lo contrario: vía corrupción se han arrodillado a la codicia y esa codicia ha entregado nuestra hermosa naturaleza a la destrucción».

El Decreto establece las normas de los territorios indígenas en materia ambiental y el desarrollo de las competencias ambientales de las autoridades indígenas, así como su coordinación efectiva con otras autoridades y entidades del Estado.

Este instrumento permitirá que las autoridades indígenas aporten su conocimiento a otras entidades para la construcción de mecanismos de aplicación de los principios de coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad, siempre con el fin de garantizar la protección de los ecosistemas del país.

Dentro de las competencias ambientales de las autoridades indígenas estarán la protección armónica de los ecosistemas, la formulación y desarrollo de instrumentos de regulación y gestión ambiental como, por ejemplo, planes de ordenamiento ambiental indígena.

Asimismo, las autoridades tendrán aval en materia de implementación de reglamentos para administrar y conservar la importancia especial de sus territorios, la planificación y adopción de presupuestos y la administración de los recursos que les correspondan para el ejercicio de sus competencias ambientales. Estas competencias tendrán lugar en sus territorios y para los miembros de…

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