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Código de Comercio Colombiano (encolombia.com)

Título Preliminar

Disposiciones Generales del Código de Comercio Colombiano

Artículo 1o. Aplicabilidad de la Ley Comercial.

Los comerciantes y los asuntos mercantiles se regirán por las disposiciones de la ley comercial presente en este código de comercio colombiano y los casos no regulados expresamente en ella serán decididos por analogía de sus normas.

Artículo 2o. Aplicación de la Legislación Civil.

En las cuestiones comerciales que no pudieren regularse conforme a la regla anterior, se aplicarán las disposiciones de la legislación civil.

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