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Corte Interamericana condena a Colombia por la desaparición de dos defensores de DD. HH. (www.radiosantafe.com)

–(Foto jueza Nancy Hernández, presidenta CIDH). El Estado colombiano fue condenado este viernes por la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la violación a los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal, a defender los derechos humanos, a las garantías judiciales, a la protección judicial y a la protección a la familia y la niñez, por la desaparición forzada de Jhon Ricardo Ubaté Monroy y Gloria Mireya Bogotá Barbosa, ocurrida el 19 de mayo de 1995, así como por las violaciones adicionales cometidas en contra de sus familiares debido al hostigamiento, amenazas y acoso del que fueron víctimas mientras buscaban conocer la verdad sobre los hechos acaecidos.

La Corte determinó que la desaparición forzada de Jhon Ricardo Ubaté y Gloria Bogotá, quienes formaron parte del Ejército Popular de Liberación (EPL) hasta 1991, año en que fueron desmovilizados, es atribuible a un cuerpo de seguridad, la Unidad Antiextorsión y Secuestro de la Policía (UNASE), y por ende, a agentes del Estado.

Igualmente consideró que la desaparición forzada se dio en un contexto de persecución a excombatientes del EPL, y en el marco de un conflicto armado interno donde existió violencia impulsada por el Estado y graves violaciones a los derechos humanos.

Posteriormente a su desmovilización, el señor Ubaté inició actividades de activismo en derechos humanos y había denunciado hechos de violencia cometidos por paramilitares en la localidad. El Tribunal recalcó que el respeto y garantía de los derechos de los defensores de derechos humanos reviste una especial importancia pues estos desempeñan una labor fundamental para el fortalecimiento de la democracia y el Estado de Derecho. Por todo lo anterior, concluyó que el Estado es responsable internacionalmente por la violación del derecho a defender los derechos humanos.

El Tribunal destacó que en el caso existe impunidad total pues a la fecha no se han identificado a los responsables de la desaparición del señor Ubaté y la señora Bogotá.

También señaló que desde el inicio el proceso penal tuvo un alcance limitado, descartando posibles líneas de investigación relacionadas con la participación de agentes estatales pese a la prueba, y en particular las declaraciones de una testigo.

Adicionalmente, encontró al Estado responsable por haber incumplido la obligación prevista en el artículo 2 de la Convención Americana debido a la no utilización del tipo jurídico de desaparición forzada, pese a que los representantes de los familiares habrían solicitado la recalificación.

Durante el proceso de búsqueda de Jhon Ricardo Ubaté y Gloria Bogotá, sus familiares habrían sufrido múltiples actos de hostigamiento, amenazas y acoso por parte de autoridades policiales. La Corte consideró que pese a que el Estado estaba
informado, no tomó ninguna acción; ni para lograr el cese de las mismas, ni…

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