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Del Contrato de Transporte (encolombia.com)

Título IV

Capítulo I Disposiciones Generales

Artículo 981. Contrato de Transporte.

Artículo subrogado por el Artículo 1 del Decreto extraordinario 01 de 1990. El nuevo texto es el siguiente: El transporte es un contrato por medio del cual una de las partes se obliga para con la otra, a cambio de un precio, a conducir de un lugar a otro, por determinado medio y en el plazo fijado, personas o cosas y entregar éstas al destinatario.

El contrato de transporte se perfecciona por el solo acuerdo de las partes y se prueba conforme a las reglas legales.

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