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Puente festivo en Colombia: estas son las restricciones para vehículos de carga (www.eltiempo.com)

Junio es uno de los meses del año donde más afluencia de vehículos se presentan en las carreteras colombianas, pues tiene dos puentes festivos y se registra la salida a vacaciones de las universidades y colegios.

Este fin de semana, 8, 9 y 10 de junio se celebra en Colombia el puente festivo del ‘Sagrado corazón de Jesús’, una festividad religiosa, donde miles de colombianos deciden viajar.

La Superintendencia de Transporte y la Aerocivil, han indicado que se espera para la temporada alta de mitad de año que se movilicen 16.486.463 pasajeros desde las terminales y 21.215.000 desde los aeropuertos.

Vale la pena tener en cuenta, que durante los puentes festivos, la Superintendencia de Transporte ha informado sobre las restricciones y los controles que se harán por parte de las autoridades con el fin de garantizar la seguridad de los viajeros que se movilizaran por las carreteras del país.

Una de las principales restricciones a tener en cuenta y que se realiza con el fin de garantizar la seguridad de los viajeros y transportadores en las carreteras del territorio nacional es la prohibición que tendrán los vehículos de carga pesada, con peso igual o superior a 3,4 toneladas (3.400 kilogramos), desde el viernes 7 de junio hasta el lunes festivo.

En el sitio oficial de la Superintendencia de Transporte se establece que la medida de restricción para los transportadores de carga pesada, estará presente en 15 corredores viales en Cundinamarca, Valle, Quindío, Antioquia, Cauca, Atlántico, Tolima, Magdalena, Boyacá, Cesar, Meta, Nariño, Córdoba y La Guajira.

Además, se sabe que la Policía Nacional estará realizando acompañamientos a los más de 150 controles viales en zonas urbanas, mientras que la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional (Ditra) también estarán situados en diferentes trayectos viales del territorio nacional.

Así regirá la medida para transportadores de carga este 8, 9 y 10 de junio

  • Sábado 8 junio 2024: entre las 08 de la mañana y 03 de la tarde, aplica únicamente en las vías del Departamento de Cundinamarca (ambos sentidos). Igualmente, aplica en ambos sentidos en las vías, “Bogotá – Fusagasugá – Melgar – Ibagué” e “Ibagué – Calarcá – Armenia – La Tebaida – La Paila”.
  • Domingo 9 de junio: no aplica.
  • Lunes festivo 10 de junio: desde las 10:00 a. m. hasta las 11:00 p. m. aplicará para todas las vías a restringir enunciadas en los departamentos de Cundinamarca, Valle, Quindío, Antioquia, Cauca, Atlántico, Tolima, Magdalena, Boyacá, Cesar, Meta, Nariño, Córdoba, y Guajira (ambos sentidos). Mientras que en las vías “Bogotá – Fusagasugá – Melgar – Ibagué” e “Ibagué – Calarcá – Armenia – La Tebaida – La Paila” aplicará en ambos sentidos desde las 8:00 a. m. hasta la 1:00 del martes 11 de junio. Por último, en la vía Bogotá – Villavicencio aplicará de forma total (sin…

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