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Comerciantes de Valledupar: estos son los impuestos que aumentarán con el nuevo estatuto tributario

El 23 de diciembre, en la última sesión del año, el Concejo de Valledupar aprobó la modificación parcial y actualización del Estatuto Tributario del municipio, modificando algunas tarifas de los impuestos de industria y comercio (ICA) y predial, cambios que empezarán a regir en el 2025.  La administración municipal sintetizó 413 actividades tipificadas para el pago del ICA que pasarán a 32 subsecciones. Las actividades financieras y sus instituciones pasarán de tener una tarifa del 11×1.000 al 14×1.000, mientras que la tarifa del comercio al por mayor de farmacéuticos, medicinales, cosméticos y de tocador pasará de 10 a 11.04 por mil, lo cual fue rechazado por el gremio de comerciantes. 

De igual manera, el comercio al por mayor de bebidas y tabaco pasará  del 10×1.000 al 11,04×1.000; el comercio al por menor de prendas de vestir y accesorios que incluye artículos de piel en establecimientos especializados, aumentará del 10×1.000 al 11.04 por mil, mientras que las actividades de telecomunicaciones inalámbricas pasarían de 7 a 10.62×1.000.

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De acuerdo con la administración municipal, el Estatuto Tributario de la capital cesarense debe estar equiparado al de la ciudad de Bogotá, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 2082 del 2021, el cual describe que “los concejos de las ciudades capitales podrán adoptar, a iniciativa del alcalde y acorde con las realidades tributarias de la ciudad capital, las normas que rigen para el distrito capital de Bogotá en materia de impuesto predial unificado y de industria y comercio, en lo que no contraríe las disposiciones de tipo constitucional sobre la materia”.  

Impuesto predial

Después del debate y las recomendaciones realizadas por la Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol), seccional Cesar, la secretaria de Hacienda, Lily Mendoza, manifestó que la tarifa para el impuesto predial en los terrenos de uso habitacional, solo para los estratos 4, 5 y 6, quedará así: “De 0 a 70 salarios mínimos legales vigentes de avalúo, la tarifa aprobada es de 5,5x 1.000; de 70 a 135 salarios mínimos, es de 6; de 135 a 200 salarios, es de 7; de 200 a 500 salarios, 8; de 500 a 700, 9;  de 700 a 900 salarios, 10; de 900 a 1.000, es del 11; y de 1.000 en adelante, la tarifa es de 14.5. Por su parte, los lotes urbanizables no urbanizados pasarán de una tarifa de 22 al 25”. 

 Los aumentos fueron aprobados en el Concejo de Valledupar.   
/ FOTO: Jesús Ochoa. 

Según Mendoza, la presentación del hoy acuerdo municipal fue realizada para hacer una compensación frente a los incentivos tributarios que también trae la modificación del Estatuto. En cuanto a los predios de uso comercial, servicios e industriales quedarán así: los que tengan un avalúo de hasta 200 salarios pagarán 8,5 en el caso comercial y 9 en el caso industrial, los que superen este avalúo tendrán…

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