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Se acabó la discriminación salarial en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares

Foto de Pedro Enrique Andarelli

  • La CGT a través de los servicios jurídicos de Reivindicate Abogados ponen fin a la discriminación salarial de los trabajadores
Foto de Ricardo Espinosa (archivo de AH) 

Desde el año 2012, los diferentes equipos de gobierno, tanto PP como PSOE han venido haciendo uso de diversos Programas de contratación en el marco de los Programas de Inserción Laboral, en adelante PIL, subvencionados con cargo a fondos europeos gestionados por la Comunidad de Madrid. En el marco de estos programas se asignaba un salario a los trabajadores inferior que al resto del personal del Ayuntamiento.

Foto de Ricardo Espinosa Ibeas (archivo de AH)

En este sentido, el Ayuntamiento de Alcalá de Henares ya fue condenado en julio de 2020 por el Tribunal Supremo, por contratar a trabajadores a los que les aplicaba un salario inferior al del convenio colectivo del Ayuntamiento. En aquella ocasión el Tribunal Supremo dijo que el Ayuntamiento no contaba con ninguna norma ni acuerdo que permitiera asignar a los trabajadores el salario que se les venía abonando, el cual era inferior al del resto de sus compañeros.

Como consecuencia de esta sentencia del Supremo, el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, gobernado por el PSOE, en fecha 30 de septiembre de 2020 realizó un Acuerdo de Condiciones de Trabajo de Personal Laboral del Ayuntamiento de Alcalá de Henares apoyado por los sindicatos UGT, CSIF y CPPM aprobado en Junta de gobierno Local 08/10/2020, mediante el cual se acordó pagar un salario inferior para los trabajadores y trabajadoras provenientes de los PIL, esto es, aquellos contratos de obra y servicio; contratos en prácticas; contratos de formación – Cualificación Desempleados; y contratos de cualificación Jóvenes subvencionados por la Comunidad de Madrid y la UE.

Tras este acuerdo, desde el despacho de abogados Reivindicate se presentó una demanda en representación de 12 trabajadoras afectadas, dictándose sentencia favorable por el Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid, posteriormente ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por la que ya se condenó al Ayuntamiento de Alcalá de Henares a abonar a cada trabajadora la diferencia salarial no percibida respecto a los trabajadores del Ayuntamiento contratados fuera de los PIL debiendo abonar la Administración un total de más de 95.000€ incluyendo los intereses generados durante el procedimiento a las trabajadoras.

Pese a estas sentencias, el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, ha seguido aplicando a los trabajadores contratados en el marco de los programas PIL el acuerdo por el que se les asignaba un salario inferior.

Ante esta situación discriminatoria, desde Reivindicate Abogados en representación del Sindicato Comarcal de Oficios Varios de la Confederación General del Trabajo del Corredor del Henares y de la provincia Guadalajara (CGT), así como por la Sección Sindical de CGT en el Ayuntamiento, se interpuso…

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